Procedimiento concursal: análisis de los presupuestos subjetivo y objetivo en casos de insolvencia
El procedimiento concursal es una herramienta jurídica esencial para gestionar situaciones de insolvencia de manera ordenada, protegiendo los derechos de los acreedores y ofreciendo una salida viable al deudor. En este artículo, abordaremos los conceptos clave de la declaración de concurso según la normativa vigente, centrándonos en los presupuestos subjetivo y objetivo, así como en la legitimación para solicitarla.
¿Quién puede ser declarado en concurso según la ley concursal?
El presupuesto subjetivo se refiere a quién puede ser objeto de una declaración de concurso. Según el artículo 1 de la Ley Concursal, cualquier deudor, ya sea persona natural o jurídica, puede ser declarado en concurso, con la excepción de las entidades que integran la organización territorial del Estado, los organismos públicos y demás entes de derecho público, que están excluidos de este procedimiento.
Es importante destacar que los deudores incluidos en el ámbito de aplicación del libro tercero de la Ley Concursal se regirán exclusivamente por las disposiciones de dicho libro, lo que introduce una diferenciación en el tratamiento de ciertos tipos de deudores.
Criterios para la declaración de concurso: insolvencia actual e inminente
El presupuesto objetivo, regulado en el artículo 2 de la Ley Concursal, se refiere a las circunstancias que justifican la declaración de concurso. La ley establece que esta procederá en caso de insolvencia del deudor, es decir, cuando no pueda cumplir regularmente con sus obligaciones exigibles.
La insolvencia puede ser:
Actual: Cuando el deudor ya no puede cumplir sus obligaciones en el momento presente.
Inminente: Cuando el deudor prevé que en los próximos tres meses no podrá cumplir con sus obligaciones de manera regular y puntual.
En el caso de que sea el propio deudor quien solicite la declaración de concurso, deberá fundamentar su solicitud en su estado de insolvencia, ya sea actual o inminente.
Cuando la solicitud es presentada por un acreedor, debe basarse en hechos externos que revelen el estado de insolvencia del deudor, tales como:
- Una previa declaración judicial o administrativa de insolvencia, siempre que sea firme.
- La existencia de un título por el cual se haya despachado mandamiento de ejecución o apremio sin que del embargo resultaran bienes suficientes para el pago.
- La existencia de embargos en curso que afecten de manera general al patrimonio del deudor.
- El sobreseimiento generalizado en el pago corriente de las obligaciones del deudor.
- El incumplimiento generalizado en el pago de obligaciones tributarias, cuotas de la seguridad social o salarios y retribuciones laborales durante los tres meses anteriores a la solicitud.
- El alzamiento o liquidación apresurada o ruinosa de los bienes del deudor.
Legitimación para solicitar la declaración de concurso: deudores y acreedores
El artículo 3 de la Ley Concursal regula quién está legitimado para solicitar la declaración de concurso. Tanto el deudor como cualquiera de sus acreedores tienen la legitimación para hacerlo. En el caso de que el deudor sea una persona jurídica, la decisión de presentar la solicitud corresponde al órgano de administración o de liquidación de la empresa.
Sin embargo, la ley establece una excepción importante: un acreedor que haya adquirido su crédito dentro de los seis meses anteriores a la solicitud de concurso, por actos ínter vivos y a título singular, después de su vencimiento, no está legitimado para solicitar el concurso.
Además, si se trata de una sociedad, los socios que sean personalmente responsables de las deudas también están legitimados para solicitar la declaración de concurso.
Conclusión
Comprender los presupuestos subjetivo y objetivo de la declaración de concurso es esencial para gestionar de manera adecuada las situaciones de insolvencia. Tanto deudores como acreedores deben estar bien informados sobre sus derechos y obligaciones en este proceso para poder actuar de manera estratégica y legalmente sólida.
En LawPro Abogados, estamos a disposición de aquellos que necesiten orientación y asesoramiento en situaciones de insolvencia, tanto para la correcta presentación de una solicitud de concurso como para la defensa de sus derechos como acreedores. No dudes en contactarnos para más información sobre cómo podemos ayudarte en tu proceso concursal.